Mapa de recursos de conciliación relativos a la atención y cuidado de personas dependientes
 
 

 
 
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Servicios sociales comunes en la Comunidad de Madrid

 

Servicios sociales generales

 

RED BÁSICA DE SERVICIOS SOCIALES

Responsable:

Consejería de Familia y Asuntos Sociales.

Clasificación:

Servicios Sociales Generales.

Centro de información:

Centros de Servicios Sociales Municipales.


Subdirección General del Voluntariado, Coordinación Territorial y Emergencia Social. Área de Coordinación Territorial.
C/ Alcalá, 63, 4ª Planta – 28014 – Madrid.

Teléfono:

91.420.69.35.

Fax:

91.420.70.68.

Página web:

www.madrid.org

Transporte público:

AUTOBÚS: 1 – 2 – 9 – 15 – 20 – 51 – 52 – 146.
METRO: Retiro y Banco de España.

Descripción:

La Red Básica de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid está constituida por los Servicios Sociales Generales, distribuidos en todo el territorio para garantizar el inmediato acceso de la población a los mismos y la aplicación de los recursos más apropiados. El conjunto de la Comunidad cuenta con 71 Centros de Servicios Sociales de dependencia municipal (25 localizados en la Capital y 46 en el resto de las áreas), desde donde se imparten las prestaciones y se desarrollan los programas correspondientes. Están formados por Unidades de Trabajo Social, Equipos Multiprofesionales, Dirección técnica y Unidad administrativa.


Dichos Centros constituyen el primer nivel de atención social a los ciudadanos y en ellos se realizan las siguientes prestaciones:


Atención personalizada:

  • Información de los recursos sociales disponibles.
  • Valoración individualizada de las situaciones de la/s persona/s.
  • Orientación hacia los medios más adecuados a las necesidades planteadas.
  • Apoyo y asesoramiento para ayudar a la superación de problemas.
  • Tratamiento psicosocial destinado a la adquisición de habilidades que faciliten la integración social.


Gestión de ayudas materiales:

  • Atención residencial y alojamientos alternativos.
  • Ayuda a Domicilio, que comprende una serie de atenciones de carácter doméstico, social, de apoyo psicológico y rehabilitador, a los individuos o familias que se hallen en situación de especial necesidad, para facilitar la autonomía personal en el medio habitual.
  • Ayudas de emergencia social cuya finalidad es la atención de situaciones de urgente necesidad que transitoriamente puedan afectar a individuos o familias.


Prevención de la marginación social y de situaciones de riesgo, favoreciendo la normalización de grupos con especiales problemas de integración, así como el fomento de la solidaridad y la cooperación social.


Promoción social de individuos y grupos:

  • Medidas para la inserción en el medio social.

Personas destinatarias:

Residentes en la Comunidad de Madrid y los no residentes en las condiciones que señala la Ley 11/2003 de 27 de Marzo de Servicios Sociales.

Horario de atención:

Lunes a viernes de 09:00 a 14:00.

Información adicional:

En los Centros de Servicios Sociales del Municipio donde tenga su residencia el/los solicitante/s, se orienta y se canalizan también las solicitudes requeridas para el acceso a los servicios especializados que estén indicados en cada caso.


La gestión de los Centros de Servicios Sociales es responsabilidad de los Entes Locales, que mantienen Convenios de Colaboración con la Administración Autonómica, para el mantenimiento y la financiación de sus prestaciones, programas y servicios.

 

 

 

 

 
 
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